SEGUROS
PARA EMBARCACIONES DEPORTIVAS
Coberturas
de la compañía de seguros LA
HOLANDO SUDAMERICANA SA.
COBERTURAS:
A-
COBERTURA AMPLIA:
- Daños
totales y parciales que sufra la
embarcación como consecuencia de
varamiento, naufragio, incendio,
rayo, explosión y choque contra
otras embarcaciones, buques, boyas,
barcos hundidos, muelles y/o cualquier
objeto fijo o flotante.
- Robo
parcial de elementos dotación fijos
al casco.(ej. correderas, ecosonda
).
- Robo
total de la embarcación.
- Robo
total del bote auxiliar, como consecuencia
de robo total de la embarcación.
- Temporal
e inundación. Cubre los daños totales
y parciales que sufra la embarcación
como consecuencia de temporal e
inundación.
- Responsabilidad
civil a personas transportadas y
no transportadas hasta el valor
de la embarcación.
- Responsabilidad
civil a cosas de terceros hasta
la suma asegurada de la embarcación.
Cubre todos daños que la propia
embarcación cause a otra embarcación
de un tercero.
- Responsabilidad
civil por incendio hasta la suma
asegurada de la embarcación. Cubre
la responsabilidad emergente de
los daños causados a otras embarcaciones
como consecuencia directa de incendio
en la embarcación asegurada.
- Radio
de navegación: Río de la Plata ,
Uruguay (Punta del Este), no más
al este de una línea imaginaria
entre Punta Piedras (R.A) y Punta
del Este (R.O.U) quedado permitida
la navegación en un radio de 20
millas tomado como referencia el
faro de Punta del Este, tres secciones
del Delta, Río Uruguay hasta Salto
Oriental y Paraguay hasta Asunción,
se excluye la navegación en el Alto
Paraná. En caso de querer realizar
una navegación que exceda el radio
de navegación permitido, se deberá
realizar una extensión por el tiempo
que dure la travesía.
- Remolque
cubre el 100% en todo el radio de
navegación. En caso que la embarcación
se vea imposibilitada de seguir
navegando por sus propios medios
la póliza cubre el remolque de la
misma desde el lugar donde se encuentre
hasta su lugar de origen.
- Salvamento,
gastos de salvamento. Se cubre los
gastos que pudieran reclamar a la
embarcación asegurada otra embarcación
en caso de salvamento.
- Huelga,
vandalismo. La póliza contempla
los hechos vandálicos que pueda
sufrir la embarcación. Se entiende
por vandalismo hechos dañosos originados
por el accionar destructivo de turbas
que actúan irracional y desordenadamente.
- Para
el caso de veleros rotura de palo
por cualquier causa. En caso de
regata se deberá realizar un adicional
para cubrir el mismo.
-
Franquicia 1% por todo concepto
excepto pérdida total.
SERVICIOS:
- Atención
personalizada siniestros.
- Inspección
de peritos navales miembros de la
asociación de liquidadores y peritos
del seguro.
- Débitos
en tarjeta en cuotas sin interés.
- Cobranza
por cobrador oficial de la compañía.
- Auxilio
náutico las 24 hs (canal
16 ó 22 VHF, TE 4745-0901/0318
)
B-
COBERTURA RESTRINGIDA.
- Daños
totales que sufriera la embarcación
como consecuencia de naufragio,
incendio, rayo, explosión,
coque contra otras embarcaciones,
boyas, buque, barcos hundidos,
muelles y/o cualquier objeto
fijo o flotante.
- Daños
parciales por incendio.
- Salvamento
y gastos de salvamento. Se
cubre los gastos que pudieran
reclamar a la embarcación
asegurada otra embarcación
en caso de salvamento.
- Remolque.
- Huelga
y vandalismo. La póliza cubre
los hechos vandálicos que
puede sufrir la embarcación.
Se entiende por vandalismo
hechos daños originados por
el accionar destructivo de
turbas que actúan irracional
y desordenadamente.
C-
COBERTURAS ADICIONALES
- Se
pueden incluir cualquiera
de las coberturas adicionales
descriptas más abajo a los
planes de cobertura amplia
o restringida. En la cobertura
amplia, varios de los items
descriptos más abajo se encuentran
incluidas.
- Rotura
de palo en regata.
- Responsabilidad
civil personas transportadas
y no transportadas.
-
Responsabilidad civil por
incendio.
- Incendio
en guardería.
-
Transito en trailer anual.
- Transito
en trailer por viaje.
- Navegación
oceánica.
D-
COBERTURA DE RESPONSABILIDAD
CIVIL Y PÉRDIDA TOTAL.
Se
cubre únicamente la responsabilidad
civil personas transportadas
y no transportas y la pérdida
total de la embarcación como
consecuencia de choque, varamiento,
naufragio, incendio, rayo, explosión,
choque contra otras embarcaciones
boyas, buques hundidos, objetos
fijos o flotantes.
E-
EMBARCACIONES DE ENSEÑANZA:
Se
pueden cubrir los veleros de
enseñanza con la cláusula de
personas transportadas. Dicha
cláusula cubre los daños que
pueden sufrir la personas transportadas
como consecuencia de choque,
naufragio, incendio, rayo, explosión,
choque contra otras embarcaciones,
buques, boyas, siempre que sea
una actividad de enseñanza declarada.
F-EMBARCACIONES
COMERCIALES:
Se
puede cubrir todas las embarcaciones,
buques, pesqueros destinadas
al uso comercial.
Tipo
de cobertura: Se analiza el
tipo de embarcación según año,
material de construcción, tipo
de actividad que realiza a los
efectos de determinar cotización.
-
Buques Marina mercante
- Pesqueros
- Areneros
G-RESPONSABILIDAD
CIVIL COMPRENSIVA A CLUBES NÁUTICOS:
Se
cubre la responsabilidad civil
extracontractual incluyendo
daños a terceros por incendio,
rayo, explosión, descargas eléctricas
escapes de gas, carteles, letreros
y afines, incendio y explosión
de embarcaciones tanto en agua
como en tierra, suministro de
alimentos y bebidas, eventos
deportivos en instalaciones
del club, curso de optimist
y patrón en tierra y agua y
daños que se producen a terceras
personas o a cosas por la caída
de embarcaciones de grúas, guinches.
Si
quiere tener acceso al texto
completo de una póliza para
analizarla detenidamente entre
aquí
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