SEGUROS
PARA EMBARCACIONES DEPORTIVAS
Coberturas
de la compañía de seguros LA HOLANDO SUDAMERICANA SA.
A- COBERTURA AMPLIA:
- Daños
totales y parciales que sufra la embarcación
como consecuencia de varamiento, naufragio,
incendio, rayo, explosión y choque contra
otras embarcaciones, buques, boyas, barcos
hundidos, muelles y/o cualquier objeto
fijo o flotante.
- Robo
parcial de elementos dotación fijos al
casco.(ej. correderas, ecosonda ).
- Robo
total de la embarcación.
- Robo
total del bote auxiliar, como consecuencia
de robo total de la embarcación.
- Temporal
e inundación. Cubre los daños totales
y parciales que sufra la embarcación como
consecuencia de temporal e inundación.
- Responsabilidad
civil a personas transportadas y no transportadas
hasta el valor de la embarcación.
- Responsabilidad
civil a cosas de terceros hasta la suma
asegurada de la embarcación. Cubre todos
daños que la propia embarcación cause
a otra embarcación de un tercero.
- Responsabilidad
civil por incendio hasta la suma asegurada
de la embarcación. Cubre la responsabilidad
emergente de los daños causados a otras
embarcaciones como consecuencia directa
de incendio en la embarcación asegurada.
- Radio
de navegación: Río de la Plata , Uruguay
(Punta del Este), no más al este de una
línea imaginaria entre Punta Piedras (R.A)
y Punta del Este (R.O.U) quedado permitida
la navegación en un radio de 20 millas
tomado como referencia el faro de Punta
del Este, tres secciones del Delta, Río
Uruguay hasta Salto Oriental y Paraguay
hasta Asunción, se excluye la navegación
en el Alto Paraná. En caso de querer realizar
una navegación que exceda el radio de
navegación permitido, se deberá realizar
una extensión por el tiempo que dure la
travesía.
- Remolque
cubre el 100% en todo el radio de navegación.
En caso que la embarcación se vea imposibilitada
de seguir navegando por sus propios medios
la póliza cubre el remolque de la misma
desde el lugar donde se encuentre hasta
su lugar de origen.
- Salvamento,
gastos de salvamento. Se cubre los gastos
que pudieran reclamar a la embarcación
asegurada otra embarcación en caso de
salvamento.
- Huelga,
vandalismo. La póliza contempla los hechos
vandálicos que pueda sufrir la embarcación.
Se entiende por vandalismo hechos dañosos
originados por el accionar destructivo
de turbas que actúan irracional y desordenadamente.
- Para
el caso de veleros rotura de palo por
cualquier causa. En caso de regata se
deberá realizar un adicional para cubrir
el mismo.
-
Franquicia 1% por todo concepto excepto
pérdida total.
SERVICIOS:
- Atención
personalizada siniestros.
- Inspección
de peritos navales miembros de la asociación
de liquidadores y peritos del seguro.
- Débitos
en tarjeta en cuotas sin interés.
- Cobranza
por cobrador oficial de la compañía.
- Auxilio náutico las 24 hs (canal
16 ó 22 VHF, TE 4745-0901/0318
)"
B- COBERTURA RESTRINGIDA.
- Daños totales que sufriera
la embarcación como consecuencia de naufragio, incendio, rayo, explosión,
coque contra otras embarcaciones, boyas, buque, barcos hundidos, muelles y/o
cualquier objeto fijo o flotante.
- Daños parciales por incendio.
- Salvamento y gastos de
salvamento. Se cubre los gastos que pudieran reclamar a la embarcación asegurada
otra embarcación en caso de salvamento.
- Remolque.
- Huelga y vandalismo.
La póliza cubre los hechos vandálicos que puede sufrir la embarcación. Se
entiende por vandalismo hechos daños originados por el accionar destructivo
de turbas que actúan irracional y desordenadamente.
C- COBERTURAS ADICIONALES
- Se pueden incluir cualquiera
de las coberturas adicionales descriptas más abajo a los planes de cobertura
amplia o restringida. En la cobertura amplia, varios de los items descriptos
más abajo se encuentran incluidas.
- Rotura de palo en regata.
- Responsabilidad civil
personas transportadas y no transportadas.
- Responsabilidad civil
por incendio.
- Incendio en guardería.
- Transito en trailer
anual.
- Transito en trailer por
viaje.
- Navegación oceánica.
D- COBERTURA DE RESPONSABILIDAD
CIVIL Y PÉRDIDA TOTAL.
Se cubre únicamente la responsabilidad
civil personas transportadas y no transportas y la pérdida total de la embarcación
como consecuencia de choque, varamiento, naufragio, incendio, rayo, explosión,
choque contra otras embarcaciones boyas, buques hundidos, objetos fijos o flotantes.
E- EMBARCACIONES DE ENSEÑANZA:
Se pueden cubrir los veleros
de enseñanza con la cláusula de personas transportadas. Dicha cláusula cubre
los daños que pueden sufrir la personas transportadas como consecuencia de choque,
naufragio, incendio, rayo, explosión, choque contra otras embarcaciones, buques,
boyas, siempre que sea una actividad de enseñanza declarada.
F-EMBARCACIONES COMERCIALES:
Se puede cubrir todas las
embarcaciones, buques, pesqueros destinadas al uso comercial.
Tipo de cobertura: Se analiza
el tipo de embarcación según año, material de construcción, tipo de actividad
que realiza a los efectos de determinar cotización.
-
Buques Marina mercante
- Pesqueros
- Areneros
G-RESPONSABILIDAD CIVIL
COMPRENSIVA A CLUBES NÁUTICOS:
Se cubre la responsabilidad
civil extracontractual incluyendo daños a terceros por incendio, rayo, explosión,
descargas eléctricas escapes de gas, carteles, letreros y afines, incendio y
explosión de embarcaciones tanto en agua como en tierra, suministro de alimentos
y bebidas, eventos deportivos en instalaciones del club, curso de optimist y
patrón en tierra y agua y daños que se producen a terceras personas o a cosas
por la caída de embarcaciones de grúas, guinches.
Si
quiere tener acceso al texto completo de una póliza para analizarla detenidamente
entre aquí